TRAMITE DE RECLAMO
DE LA POLIZA ESTUDIANTIL
(ANTE EL INSTITUTO
NACIONAL DE SEGUROS)
Tramite de Reclamos
· Los beneficiarios
operan por cada accidente cubierto y el asegurado podrá
beneficiarse de las operaciones antes citadas siempre y cuando
las consecuencias del accidente se manifestaran a más
tardar dentro de los 180 días contados a partir de
la fecha de su incurrencia.
· Con respecto a
la cobertura de Muerte Accidental, el Instituto indemnizará
deduciendo las cantidades que hubiese abonado por concepto
de incapacidad permanente.
· Los pagos que
se efectúen con base a la cobertura de incapacidad
permanente, serán con forme a los porcentajes que establece
la tabla de indemnizaciones que forma parte de la póliza.
· El instituto reembolsara
los gastos incurridos de acuerdo a lo razonable y acostumbrado
y con un deducible del 5% y una participación del asegurado
del 20% en gastos por concepto de cirugía y hospitalización.
Requisitos para
la presentación de reclamos
· Solicitud de beneficios.
· Facturas originales.
· Recetas medicas
en el caso de exámenes de laboratorio, ultrasonidos,
rayos x, resonancias, medicamentos, etc.
· Si el accidente
sucede el mismo día que se suscribió la póliza,
en la solicitud de beneficios debe indicarse la hora del accidente,
nombre y número de teléfono de los testigos.
Así también como una constancia del centro Educativo
que es estudiante.
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